DOCUMENTO N.° 7 (11.10.34)
Comité revolucionario de Oviedo
Hacemos saber:
Que el Comité Revolucionario, como intérprete de la voluntad popular y velando por los intereses de la Revolución, se dispone a tomar con la energía necesaria todas medidas conducentes a encauzar el curso del movimiento. A tal efecto disponemos:
1.º El cese radical de toda clase de pillaje, previniendo que todo individuo que sea cogido en un acto de esta naturaleza será pasado por las armas.
2.° Todo individuo que posea armas en su poder debe presentarse inmediatamente ante el Comité a identificar su personalidad. A quien se coja con armas en su domicilio o en la calle, sin la correspondiente declaración, será juzgado severísimamente.
3.° Todo el que tenga en su domicitio artículos producto del pillaje o cantidades de los mismos que sean producto de ocultaciones, se les conmina a hacer entrega de los mismos inmediatamente. El que así no lo haga se atendrá a las consecuencias naturales como enemigo de la Revolución.
4.º Todos los víveres existentes, así como artículos de vestir, quedan confiscados.
5.º Se ruega la presentación inmediata ante este Comité de todos los Comités directivos de las organizaciones obreras de la localidad, para normalizar la distribución y consumo de víveres y artículos de vestir.
6.º Los miembros de los Partidos y Juventudes obreras de la localidad deben presentarse inmediatamente con su correspondiente carnet para constituir la Guardia Roja que ha de velar por el orden y la buena marcha de la Revolución.